Biometría y protección de datos

Cámaras y control de accesos: cómo integrarlos y qué exige la ley

Revisado el · Elaborado por el equipo técnico de Control de Acceso Valencia

Respuesta rápida

Una cámara en cada acceso controlado permite comprobar quién usó realmente una credencial y qué ocurrió ante una alarma. Para hacerlo legalmente hay que colocar el cartel informativo, captar solo el espacio necesario, borrar las imágenes en un mes como máximo y, si hay personal, informar a la plantilla.

Para qué sirve unirlos

  • Verificar. El registro dice «tarjeta de Ana, 23:14»; la imagen dice si era Ana.
  • Entender las alarmas. Puerta forzada o puerta abierta demasiado tiempo: el vídeo asociado ahorra desplazamientos.
  • Detectar a quien se cuela detrás de una persona autorizada.
  • Atender a distancia un interfono o una barrera.

Los sistemas actuales enlazan cada evento de acceso con el fragmento de vídeo correspondiente.

Dónde colocar las cámaras

  1. Enfocando al acceso, del lado interior, para ver la cara de quien entra y no la calle.
  2. A la altura y distancia adecuadas para reconocer a la persona.
  3. Sin contraluz: un vestíbulo acristalado deja siluetas negras.
  4. Una cámara por carril en accesos de vehículos, si además se quieren leer matrículas (cómo).

Lo que exige la normativa

La videovigilancia con fines de seguridad se regula en el artículo 22 de la LOPDGDD y la AEPD la desarrolla en su guía sobre el uso de videocámaras. En resumen:

  • Cartel informativo en lugar visible, que identifique la existencia del tratamiento, al responsable y cómo ejercer los derechos.
  • Proporcionalidad. Captar solo lo necesario. No se puede grabar la vía pública más allá de la franja imprescindible del acceso, ni espacios ajenos.
  • Zonas vetadas: aseos, vestuarios, zonas de descanso.
  • Conservación: las imágenes se suprimen en el plazo máximo de un mes, salvo las que deban conservarse para acreditar hechos que atenten contra personas, bienes o instalaciones.
  • Acceso restringido a las grabaciones.
  • Sin sonido, con carácter general.

En el trabajo

El artículo 89 de la LOPDGDD permite usar cámaras para el control laboral dentro de los límites legales, pero exige informar previamente de forma expresa, clara y concisa a la plantilla y a su representación. La AEPD lo detalla en su guía de relaciones laborales.

En comunidades de propietarios

Hace falta acuerdo de la junta, y la AEPD recomienda que recoja el número de cámaras y el espacio captado (ficha de la AEPD). Ver control de accesos en garajes de comunidad.

Quién puede instalarlas

La Ley de Seguridad Privada reserva a las empresas de seguridad la instalación y el mantenimiento de sistemas de seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas o a centros de control o de videovigilancia. Si tu sistema va a conectarse a uno de esos servicios, esa parte debe hacerla una empresa de seguridad autorizada.

Reconocimiento facial: otra categoría

Una cámara que graba no es biometría. Un sistema que identifica automáticamente a las personas por su cara, sí, con todo lo que implica (biometría en accesos).

Errores habituales

  • Cámara sin cartel, o cartel sin datos del responsable.
  • Grabaciones que nunca se borran.
  • Cámara exterior que capta media calle.
  • Usar las imágenes para fines distintos de los informados.

Integramos cámaras y accesos dentro de nuestros servicios de control de accesos y de parking.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo se pueden guardar las grabaciones?

Un mes como máximo, salvo las imágenes que deban conservarse para acreditar la comisión de actos contra personas, bienes o instalaciones, que deben ponerse a disposición de la autoridad competente.

¿Puedo poner una cámara que enfoque a la calle desde mi puerta?

Solo puede captar la porción de vía pública imprescindible para vigilar el acceso. Grabar la calle con carácter general corresponde a las fuerzas de seguridad.

Fuentes consultadas

Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento jurídico ni al proyecto técnico de cada instalación. La normativa puede cambiar: comprueba siempre el texto vigente en la fuente oficial.

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